El pasado 26 de julio de 2023, la Comisión Europea emitió el Reglamento (UE) 2023/1545, que modifica el Reglamento (CE) n.o 1223/2009 de Productos Cosméticos en lo referente al etiquetado de los alérgenos de fragancias. Esta modificación representa un paso significativo en la protección de los consumidores frente a posibles reacciones alérgicas provocadas por productos cosméticos.
El objetivo principal de esta actualización, tal y como argumentan los organismos regulatorios europeos, no es otro que aumentar la transparencia y la información para los consumidores sobre la presencia de alérgenos en los productos cosméticos que contienen fragancias. Los alérgenos son sustancias que pueden causar reacciones alérgicas en ciertas personas, y su presencia en los productos cosméticos afirman que puede tener consecuencias negativas para la salud de los usuarios sensibles.
El Reglamento (UE) 2023/1545 establece que los fabricantes de productos cosméticos deben incluir una lista de 80 alérgenos específicos en el etiquetado de los productos que contienen fragancias. Estos alérgenos han sido identificados previamente como los más comúnmente asociados con reacciones alérgicas, aunque es conveniente recordar que las alergiasy sus reacciones poco dependen de las sustancias, si no más bien de las personas. Al proporcionar esta lista detallada en el etiquetado, los consumidores tendrán acceso a una información completa sobre los componentes de los productos cosméticos que pueden ser problemáticos para ellos.
Además, el Reglamento impone la obligación a los fabricantes de cosméticos de resaltar en el etiquetado los alérgenos de fragancias presentes en una concentración que exceda los niveles específicos establecidos. Esto permitirá a los consumidores identificar fácilmente aquellos productos que contienen altas concentraciones de alérgenos y tomar decisiones informadas sobre su uso.
Entidades como la AEFAA ya asesoran a sus asociados en este nuevo camino. El Reglamento incorpora ahora 57 nuevos alérgenos incluyen 30 sustancias (mentol, terpineol, anetol, benzaldehído y vainillina, entre otros), así como 27 sustancias naturales complejas (jazmín, lavanda, limón, cananga, menta y canela, por citar solo algunos ejemplos). Estas 56 sustancias deberán ser especificadas cuando superen los umbrales establecidos por las autoridades europeas.
AEFAA ha explicado, además, cómo se extenderá en el tiempo este proceso y cuáles son las fechas clave: en el año 2026, comenzará un periodo de transición de 3 años para introducir en el mercado de nuevas creaciones. En este periodo de tiempo las empresas podrán rediseñar y adaptar etiquetas. En el 2028, se contarán con 5 años para la retirada de aquellos productos que no posean etiquetas conformes en el lineal de venta. Sin embargo, la entrada en vigor de la nueva regulación se hará oficial tan solo 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), concretamente, será el próximo 14 de agosto de 2023.