El ácido kójico y su nueva regulación

Farmacéutica especializada en cosmética y asuntos regulatorios
16 de Abril de 2024
Ácido Kójico

El nuevo Reglamento (UE) 2024/996 no ha traído novedades únicamente para el Retinol. En este texto también se tratan ingredientes muy utilizados en la industria cosmética como es el ácido kójico.

El ácido kójico es uno de los activos más utilizados para la eliminación de las hiperpigmentaciones. Este activo cosmético tiene varios mecanismos por los que puede utilizarse como despigmentante, siendo el principal la inhibición de la enzima tirosinasa, que interviene en la formación de la melanina en la piel.

Gracias a esta actividad, podemos encontrarlo en la industria cosmética como parte de productos destinados a eliminar las hiperpigmentaciones cutáneas.  Hasta el momento, la dosis recomendada era entre el 1-4%,  para obtener resultados efectivos en la reducción de la hiperpigmentación y el tono desigual de la piel. (Siempre teniendo en cuenta la tolerancia individual y la respuesta de la piel de cada individuo, por supuesto).

Pero en el nuevo Reglamento (UE) 2024/996 de la Comisión, ha pasado a formar parte del Anexo III del Reglamento de cosméticos 1223/2009, el apartado de “Restricciones”.

Según este nuevo reglamento, que se publicó el 4 de Abril de 2024, el ácido kójico podrá utilizarse hasta un máximo de un 1% en productos despigmentantes faciales y destinados a las manos.

¿Con qué plazos contamos?

Este nuevo Reglamento, indica dos fechas diferentes:

  • No se introducirán en el mercado productos que no cumplan con la restricción a partir del 1 de febrero de 2025.
  • No se comercializarán productos que no cumplan con la restricción a partir del 1 de noviembre de 2025.